La Audiencia de Madrid condena a empresario iraní por estafar 3 millones de euros a la empresa de autobuses 'La Sepulvedana'
En un veredicto histórico, la Audiencia de Madrid ha condenado a un empresario iraní por un delito de estafa cometido contra la empresa de autobuses 'La Sepulvedana'. Según la sentencia, el empresario iraní logró defraudar a la empresa española de un total de 3 millones de euros, mediante un complejo esquema de fraude. La investigación y el posterior juicio revelaron que el empresario iraní había creado una red de falsas empresas y documentos fraudulentos para llevar a cabo la estafa. La condena del empresario iraní es un golpe importante contra la delincuencia económica en España.
Condena a empresario iraní por estafar 3 millones de euros a empresa de autobuses 'La Sepulvedana'
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid comienza a juzgar desde este miércoles, 3 de julio, a las 13:00 horas, a M. Z. G., un empresario de origen iraní que estafó 3 millones de euros a la empresa de transporte de viajeros en autobús La Sepulvedana. La Fiscalía Provincial de Madrid solicita 2 años y medio de prisión para él.
El representante del Ministerio Público le imputa un delito de estafa. El escrito de acusación recuerda que M. Z. G., un empresario que llegó a España en la década de los noventa, ha transmitido desde entonces una imagen de alta solvencia empresarial, dedicado a la industria petrolífera, “con una vida de gran ostentación y fastuosidad”.
De hecho, residía en la Urbanización La Finca de Pozuelo de Alarcón de Madrid, “haciendo uso de vehículos de alta gama, relacionándose con políticos y empresarios de primer nivel o gastando ingentes cantidades de dinero en fiestas de lujo”.
Tras el fallecimiento del propietario del grupo La Sepulvedana, el acusado entró en contacto con la viuda e hijo para forjar una relación de amistad y cercanía “en la que transmitía esa posición acomodada mediante invitaciones en los mejores locales de la capital”. Así, poco a poco, se ganó su confianza “con el único objetivo de enriquecerse a costa del amplio patrimonio que sabía que estos tenían”.
Primero les informó de sus proyectos petrolíferos a través de la mercantil Star Petrolem S. A. “y, en especial”, de la intención de obtener los derechos de una reserva subterránea en Sudán del Sur, y a continuación les invitó a financiar el proyecto mediante una inversión de 3 millones de euros, al objeto de ser destinados íntegramente a la actividad petrolífera.
Una vez convencidos de la veracidad de las informaciones que les suministraba M. Z. G., el 7 de julio de 2009 la familia M. Á., a través de la sociedad Dawton Group S.A., efectuó una transferencia de 3 millones de euros a una cuenta del acusado en el Commercial Bank Of Dubai. Una semana más tarde se formalizó un contrato de financiación entre ambas partes, por dicho importe y con el mencionado fin, avalando tal operación la mercantil Hypersonyc LTD de titularidad exclusiva del acusado y socia mayoritaria de Star Petroleum S. A.
Una vez recibida la transferencia el acusado incorporó a su patrimonio el total de la cantidad percibida “sin ingresarla en las arcas de Star Petroleum, ni destinarla a la obtención del derecho de explotación petrolífera”.
Ante la falta de respuesta sobre el destino del dinero y la explotación petrolífera, y tras requerir la devolución, el 17 de octubre de 2013 ambas partes suscribieron una adenda al contrato a fin de que el mismo fuera devuelto antes del 15 de diciembre de 2013 abonando el acusado exclusivamente 50.000 euros para simular una inexistente intención de devolución.
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